ACOM consigue que la Justicia reconozca la vulneración de derechos fundamentales |
Desde ACOM celebramos la contundente sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 6 de Málaga, con fecha 5 de junio de 2025, que ha estimado nuestro recurso contra los acuerdos discriminatorios adoptados por el Ayuntamiento de Casares. La Justicia ha declarado nulos de pleno derecho los acuerdos que exceden las competencias municipales y vulneran derechos fundamentales al incitar a la discriminación por razón de nacionalidad. El acuerdo municipal, respaldado por el equipo de gobierno de Izquierda Unida y apoyado por el PSOE, proclamaba al municipio de Casares como «Espacio Libre de Apartheid Israelí» y anunciaba su adhesión a la campaña BDS (Boicot, Desinversiones y Sanciones). La medida incluía además criterios discriminatorios en los pliegos de condiciones de contratos públicos y subvenciones, exigiendo a licitadores y beneficiarios declarar no estar «involucrados» con instituciones públicas o privadas israelíes. La resolución judicial es demoledora: reconoce que estas cláusulas suponen una extralimitación de las facultades municipales y adoptan un carácter evidentemente discriminatorio, vulnerando el principio de igualdad del artículo 14 de la Constitución Española y los principios de neutralidad que deben regir toda Administración pública. La sentencia señala que el acuerdo implica discriminación de terceros, esto es lesión de derechos fundamentales”, incidiendo en el punto “Adoptar las medidas legales oportunas para que los procesos de contratación y compra incluyan las previsiones que impidan contratar servicios o comprar productos a empresas” israelíes, y declarando nulo “la cooperación con el movimiento BDS (Boicot, Desinversión y Sanciones)”. La sentencia impone al Ayuntamiento de Casares el pago de costas por importe de 4.000 euros por «temeridad y mala fe» (sic), que recaerán sobre las arcas municipales y los vecinos, que verán cómo parte de sus impuestos sufragan las consecuencias de esta actuación discriminatoria promovida por sus representantes políticos. Esta sentencia refuerza la doctrina del Tribunal Supremo, que ha ratificado que cualquier decisión municipal de boicot o exclusión por nacionalidad vulnera el marco jurídico español y los derechos fundamentales. Esta victoria jurídica reafirma nuestro compromiso con la igualdad ante la ley y la lucha contra el antisemitismo y la discriminación antiisraelí. Frente a la intolerancia, frente al antisemitismo, no vamos a detenernos nunca. |